El contenido de la mayoría de las páginas en Internet presenta aportes catalogados como obras literarias. El Glosario de la OMPI define a las obras literarias como “un escrito de gran valor desde la perspectiva de la belleza y efecto emocional”, en tanto desde el punto de vista del derecho de autor, se entiende como “obra literaria” a todas las formas de obras escritas originales, sean de carácter literario, científico, técnico o meramente práctico, prescindiendo de su valor y finalidad (Glosario de derecho de autor y derechos conexos, voz 146) A título de ejemplo podemos enumerar las creaciones literarias clásicas (libros de texto, poemas, ensayos, novelas, etc) y las no clásicas (recetas, prospectos farmacéuticos, almanaques, etc).
En un sitio podremos encontrar múltiple información escrita, memorias descriptivas, modelos de escritos, el índice, comentarios, instrucciones para navegar en el sitio, los cuales representan, en la medida que resulten aportes originales, obras literarias protegidas por el derecho de autor.
Con respecto a las obras literarias tradicionales desde hace poco tiempo se posibilitó el acceso vía Internet de novelas enteras de autores reconocidos mundialmente, ya sea en forma gratuita o con el pago de un precio mediante la utilización de una tarjeta de crédito (3). En el ámbito jurídico cada vez existen más portales con una gran cantidad de colaboraciones doctrinales, comentarios a fallos, recopilaciones de diversa información (como otros sitios jurídicos) donde recurren cada vez más los profesiones del derecho (p. ej. http://www.justiniano.com/ , http://www.diariojudicial.com/, http://www.derecho.org/ ,etc)
Programas de computación: Desde la sanción de la ley 25.036 quedó finalmente incorporado a la enumeración no taxativa del art. 1 de la ley 11.723 “...los programas de computación fuente y objeto; las compilaciones de datos o de otros materiales...”, (4). Los programas de ordenador son la estructura principal de Internet y el uso de ellos es indispensable para ejecutar, reproducir, registrar una gran cantidad de otras obras protegidas, tales como videos, obras musicales, multimedia, etc. Por otro lado, la oferta por la red de “software” es enorme, desde programas antivirus y sus actualizaciones hasta programas operativos.
En un sitio podremos encontrar múltiple información escrita, memorias descriptivas, modelos de escritos, el índice, comentarios, instrucciones para navegar en el sitio, los cuales representan, en la medida que resulten aportes originales, obras literarias protegidas por el derecho de autor.
Con respecto a las obras literarias tradicionales desde hace poco tiempo se posibilitó el acceso vía Internet de novelas enteras de autores reconocidos mundialmente, ya sea en forma gratuita o con el pago de un precio mediante la utilización de una tarjeta de crédito (3). En el ámbito jurídico cada vez existen más portales con una gran cantidad de colaboraciones doctrinales, comentarios a fallos, recopilaciones de diversa información (como otros sitios jurídicos) donde recurren cada vez más los profesiones del derecho (p. ej. http://www.justiniano.com/ , http://www.diariojudicial.com/, http://www.derecho.org/ ,etc)
Programas de computación: Desde la sanción de la ley 25.036 quedó finalmente incorporado a la enumeración no taxativa del art. 1 de la ley 11.723 “...los programas de computación fuente y objeto; las compilaciones de datos o de otros materiales...”, (4). Los programas de ordenador son la estructura principal de Internet y el uso de ellos es indispensable para ejecutar, reproducir, registrar una gran cantidad de otras obras protegidas, tales como videos, obras musicales, multimedia, etc. Por otro lado, la oferta por la red de “software” es enorme, desde programas antivirus y sus actualizaciones hasta programas operativos.
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